SE DARÁ PUBLICIDAD A LOS DATOS PERSONALES DE LAS SENTENCIAS CONDENATORIAS POR DELITOS RELACIONADOS CON LA DEFRAUDACIÓN FISCAL
La Ley Orgánica 10/2015, publicada en el BOE del pasado 11/09/2015, ha modificado una serie de disposiciones normativas para habilitar y regular el acceso público a los datos personales contenidos en los fallos de las sentencias firmes condenatorias que se dicten por la comisión de los delitos relacionados con la defraudación al erario público como, principalmente:
- Delitos contra la Hacienda Pública;
- Delitos de insolvencia punible en los casos que el acreedor sea el erario público;
- Delitos de contrabando.
La norma aprobada ampara la publicación en el BOE de diligencias de ordenación con los siguientes datos:
- Datos que permitan identificar el proceso judicial.
- Nombres y apellidos o denominación social del condenado y, en su caso, del responsable civil.
- Delitos por los que se hayan impuesto las condenas.
- Penas impuestas.
- Cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública por todos los conceptos.
Una vez impuesta la condena, la publicación de los datos mencionados sólo podrá evitarse si, con anterioridad a la firmeza de la sentencia, el condenado o, en su caso, el responsable civil del delito, satisface o consigna en el órgano judicial competente la totalidad de la cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública por todos los conceptos.
El régimen de publicidad resultante de la Ley Orgánica de referencia será de aplicación a las sentencias condenatorias que se dicten tras su entrada vigor, que se producirá el próximo 11/11/2015.
Puede consultar el texto íntegro de la Ley Orgánica comentada aquí.