EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2016 ES DE 21,84 EUROS / DÍA
El Real decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, fija el salario mínimo interprofesional (S.M.I.) para el año 2016.
El importe para el año 2016 del S.M.I. para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Asimismo, su cómputo anual, teniendo en cuenta que consiste en 14 mensualidades íntegras, resulta para el 2016 en la cantidad de 9.172,80 euros.
Cabe recordar que mediante el S.M.I. se establece la cuantía retributiva mínima que debe percibir un trabajador por su prestación de servicios a jornada completa, tanto si su contratación es indefinida como si es temporal. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
Además, el S.M.I. es el valor que se utiliza como referencia para los cálculos correspondientes en materia de responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), de acuerdo con la regulación establecida en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa concordante.
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