Areas of Practice
:
01.06.2017
NUEVO PLAZO EXTRAORDINARIO PARA DARSE DE BAJA EN EL REDEME Y PARA RENUNCIAR AL RÉGIMEN ESPECIAL DE GRUPOS DE IVA
El pasado 27 de mayo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el …
El pasado 27 de mayo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, mediante el cual se ha aprobado la apertura de un plazo extraordinario para que, en relación a este 2017 y con efectos desde el próximo 1 de julio, los contribuyentes interesados puedan solicitar:
- La baja en el sistema de devolución mensual de IVA (conocido con el acrónimo “REDEME”); y,
- La renuncia a la aplicación del régimen especial del grupo de entidades.
En ambos casos la solicitud de baja o renuncia deberá realizarse a través de las correspondientes declaraciones censales (modelos 036 y 039, respectivamente) y antes del 15 de junio.
Puede consultar el texto íntegro del Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, aquí.