Domaines de pratique:
07.11.2016
EL PARLAMENT DE CATALUNYA APRUEBA MODIFICACIONES URGENTES EN MATERIA TRIBUTARIA
Hoy se publica en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) la Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria. Mediante esa Ley, el …
Hoy se publica en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) la Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria.
Mediante esa Ley, el Parlament de Catalunya aprueba las medidas incluidas en el proyecto legislativo publicado el 2 de agosto de este año en el Boletín Oficial de la referida cámara catalana y que, como os avanzamos en una reseña que publicamos en septiembre, principalmente son las siguientes:
- Introducción de modificaciones en determinadas leyes autonómicas para permitir que los beneficios fiscales que hasta la fecha se aplicaban sólo a los patrimonios protegidos constituidos según la normativa estatal, puedan aplicarse también a aquellos patrimonios protegidos constituidos en base al derecho civil catalán.
- Ampliación del plazo (hasta el próximo 31/12/2017) para poder aplicar el aplazamiento excepcional de dos años en aquellos casos en los que exista una falta de liquidez de la herencia.
- Incorporación de una nueva bonificación del 100 por 100 de la cuota gradual del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados que grava las escrituras públicas de separación y divorcio.
Es preciso señalar que todas las modificaciones aprobadas por la Ley comentada entrarán en vigor mañana (08/11/2016), a excepción de las introducidas en relación a la Ley que regula los siguientes tributos:
- Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.
- Impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria
- Impuesto sobre la producción de energía de origen nuclear.