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En el marco del proyecto que iniciamos hace unos meses y que seguimos desarrollando a diario -la apertura de nuestro nuevo Despacho en Madrid-, hemos pedido a algunos de nuestros clientes que nos explicaran qué es para ellos Toda & Nel-lo y cuáles son, para ellos, los valores que nos hacen únicos.

Para este vídeo hemos contado con la colaboración de Ingrid Fornesa, José Luis Bonet, Germán Cid, Agustín Cordón, José María Coronas,  Jorge Garbajosa, Antonio Gassó y Marc Ros.

A todos ellos queremos dar las gracias.

 

 

 

14.11.2018

Tres, dos, un@.. ¡reforma!

Tres… (sólo) son los días que ha necesitado el Gobierno español para que entre en vigor una reforma legislativa aprobada en tiempo récord para saciar la indignación popular generada después de que, el pasado martes 06/11/2018, el Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) anunciara su decisión de volver a su criterio interpretativo “clásico”, según el cual el obligado al pago del popularmente conocido como “Impuesto de las hipotecas”, con la Ley vigente, son los prestatarios (los clientes) y no los prestamistas (habitualmente bancos).

Dos… las modificaciones legislativas concretas que contiene el Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy viernes 9 de noviembre, y que serán aplicables a partir de mañana.

En concreto:

  1. Se ha especificado de forma expresa en la Ley que regula el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados que, “cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo -y, por tanto, obligado al pago del Impuesto- al prestamista” proveyéndose, no obstante, que no se pagará el Impuesto en las operaciones en las que el hipotecante sea, entre otros, una Administración Pública, una entidad sin fines de lucro, una caja de ahorros, la Iglesia Católica o una comunidad religiosa, la Cruz Roja o un partido político; y,
     
  2. Se ha modificado la Ley reguladora del Impuesto sobre Sociedades estableciendo que la deuda tributaria del IAJD que satisfagan los prestamistas -normalmente, bancos-, no se considerará gasto deducible.

Un@… la incógnita que se está intentando resolver en múltiples debates de máximo interés mediático: ¿es imposible recuperar las cantidades ingresadas por prestatarios como consecuencia de operaciones anteriores a la reforma? Sobre este particular, como anunciábamos ayer, en nuestra opinión debemos esperar a conocer el contenido íntegro de la Sentencia dictada el martes por el TS antes de dar una respuesta fundada a la cuestión.

Y es que, siguiendo con el refranero popular que ha inspirado nuestro titular, de toda la vida ya se sabe que “las cosas de Palacio van despacio”.

 

Consulte comentado Real Decreto-ley publicado en el BOE aquí.

 

En el marco del proyecto de Responsabilidad Social Corporativa que impulsa desde hace años Toda & Nel-lo, en 2017 se decidió apoyar económicamente a la Fundación Vicente Ferrer (FVF) para que pudiera cumplir con sus fines de desarrollo que lleva a cabo en una de las zonas más pobres de la India.

Ahora el Despacho celebra comunicar que el proyecto para el pasado curso escolar (en este caso, de junio a mayo), finalizó con éxito y, gracias a nuestra colaboración, un total de setenta y siete niños con discapacidad intelectual han podido completar su curso escolar, permitiéndoles mejorar su calidad de vida, autoestima y autonomía en la vida diaria.

Concretamente, de entre los muchísimos proyectos desarrollados por la FVF, Toda & Nel-lo decidió contribuir al impulso del proyecto de integración social para niños con discapacidad intelectual, mediante el cual se pretendía asegurar que los niños pertenecientes a las comunidades más desfavorecidas de Anantapur (India), que padecen este tipo de alteraciones del desarrollo, pudieran recibir una educación primaria de calidad, que favorecería su integración social y les proporcionará igualdad de oportunidades en el futuro.

© Albert Uriach
06.11.2018

Noticia publicada en el diario Expansión

30 de octubre 2018

 

 

Puede leer la noticia publicada en la versión online del diario Expansión aquí 

30.10.2018

El equipo de litigación de Toda & Nel-lo ha logrado anular en primera instancia los dos últimos testamentos otorgados por una anciana. El tribunal ha entendido que dichos testamentos no respondían a la verdadera voluntad de la testadora pues los habría firmado mediando dolo de un pariente que, aprovechándose de una situación de vulnerabilidad (edad, soledad e invalidez), logró que la señora cambiara el testamento y le favoreciera. El dolo, en este ámbito, consiste en  la utilización de palabras o maquinaciones insidiosas para inducir a alguien a celebrar un negocio que, sin ellas, no habría hecho.

La Sentencia afronta una problemática real derivada del progresivo incremento de personas de avanzada edad que viven solas, ingresadas en residencias, o que son atendidos por cuidadores.

La impugnación de testamento por dolo y captación de voluntad es un mecanismo excepcional de protección de la libertad de testar, cuya principal dificultad radica precisamente en la prueba de las maniobras y maquinaciones realizadas para conseguir cambiar la voluntad del testador o testadora, pues estas tienden a producirse de forma oculta o disimulada.

 

El Tribunal General de la UE (Luxemburgo) falla a favor de Wala en su disputa de marca con Wallapop

La empresa leridiana de retail Unipreus, comercializadora de ropa deportiva, moda casual y calzado a través de su marca Wala, ha recibido el respaldo del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) en su conflicto legal con wallapop.

En concreto, el TGUE ha anulado la resolución de la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO, por sus siglas en inglés) en la que esta desestimaba los recursos de Unipreus contra el registro de Wallapop como marca comunitaria, para diferentes servicios competidores con los de Wala.

Carlos Rivadulla, counsel de IP/IT de Toda & Nel-lo, ha sido el asesor legal de Unipreus en este asunto desde que comenzara la disputa en 2015.

“Se trata de una victoria importante para Wala, porque significa una interpretación adecuada a la realidad de mercado y a la competencia entre las empresas. En ocasiones las plataformas tecnológicas pretenden transmitir la idea de que sus servicios son meramente neutros o de intermediación tecnológica pero en realidad afectan a determinadas actividades comerciales en las que puede haber un competidor real y, como en este caso, que venía utilizando una marca similar con anterioridad”, afirma sobre el caso Rivadulla, quien también considera que la decisión del Tribunal General aporta una interpretación más amplia y coherente con la realidad empresarial.

 

Toda & Nel-lo está participando, como asesor legal en España y en colaboración con la firma inglesa Cooke, Young & Keidan LLP (CYK), en la ejecución de una orden mundial de congelación de cuentas y embargo de bienes dictada por un Tribunal Inglés (“Commercial Court”) contra personas desconocidas que participaron en un fraude electrónico de escala mundial que afectó a una compañía multinacional.

Es la primera vez que los tribunales ingleses adoptan una medida de estas características contra personas desconocidas. La medida, propia del derecho anglosajón y sin equivalente en el derecho continental, se ha mostrado muy útil pues ha permitido identificar hasta 28 personas físicas o jurídicas que habrían participado en el fraude, y ha permitido garantizar la recuperación de parte del dinero defraudado.

Se pone así de manifiesto la necesidad de acudir a fórmulas imaginativas para combatir el fraude en el ámbito financiero, que se presenta cada vez más sofisticado y complejo. En este sentido, merece también ser destacada la autorización concedida por el Tribunal a la demandante para notificar las resoluciones judiciales a los presuntos responsables a través de medios alternativos de notificación, tales como el acceso encriptado a un data room virtual, o a través de redes sociales tales como Facebook o Whatsapp.

El próximo paso será la ejecución en España y en las demás jurisdicciones implicadas de la sentencia dictada por el Tribunal Inglés, por la que se condena a dichas 28 personas y empresas a reembolsar el dinero robado y a pagar 7 millones de libras por los daños y perjuicios causados, más las costas judiciales.

26.09.2018

El pasado 17 de septiembre la Agència Tributària de Catalunya (ATC) emitió un comunicado anunciando que, a partir del próximo 2 de octubre, ciertos colectivos pasarán a recibir sus notificaciones por medios electrónicos; en concreto:

a. Las personas jurídicas.

b. Las entidades sin personalidad jurídica como comunidades de bienes, herencias yacentes y comunidades de propietarios.

c. Las personas físicas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y para los trámites y actuaciones que realicen con Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.

d. Los representantes de un interesado que tenga la obligación de relacionarse electrónicamente con alguna Administración Pública. 

Las notificaciones electrónicas se depositarán en la plataforma eNotum (http://enotum.cat), creada expresamente por la ATC, y en la que se podrá acceder mediante identificación digital.

Asimismo, se habilitará un formulario de contacto mediante el cual se podrá facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono a los que se enviará un aviso de que se ha colgado una notificación en la plataforma.

Cabe recordar que, tal y como aclara la ATC, la obligatoriedad de los referidos colectivos de relacionarse electrónicamente con la Administración se produjo como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015).

Puede consultar el texto del comunicado de la ATC aquí.

 

Toda & Nel-lo ha participado, como asesor legal de las familias Hevia y Bonet, en la operación de venta de una participación mayoritaria en el Grupo Freixenet a la compañía multinacional alemana Henkell, perteneciente al Grupo Oetker.

Han intervenido en la operación Javier Hernández y Manuel Berzosa, ambos pertenecientes al Departamento de Derecho Mercantil de Toda & Nel-lo, así como Ignacio Toda, socio fundador del Despacho.

 

Acceda al comunicado de prensa aquí

01.08.2018

El Consell General de Turismo de Barcelona ha nombrado a Joan Torrella nuevo director general del Consorcio en sustitución de Jordi William Carnes, que dimitió el pasado mes de febrero.

La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha presidido la reunión del Consell General de Turismo de Barcelona, que ha aprobado la propuesta del comité ejecutivo designando a Torrella como Director General, tal y como propuso el Comité Ejecutivo de la entidad a principios de julio, y a Ignacio Toda, abogado de Toda & Nel-lo, como Secretario General.

Acceda al comunicado de prensa difundido por el Ajuntament de Barcelona aquí. Puede leer la noticia en Europa Press o La Vanguardia

26.07.2018
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