SENTENCIA TJUE SOBRE CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS CON CONSUMIDORES
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de la CE (Sala Primera) de 17 de julio de 2014:
Esta sentencia declara que el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, se opone al sistema español de procedimientos de ejecución hipotecaria, que no pueden ser suspendidos por el juez que conoce del proceso declarativo, juez que, en su resolución final, podrá acordar a lo sumo una indemnización que compense el perjuicio sufrido por el consumidor, en la medida en que éste, en su condición de deudor ejecutado, no puede recurrir en apelación contra la resolución mediante la que se desestima su oposición a la ejecución, mientras que el Banco, acreedor ejecutante, sí puede interponer recurso de apelación contra la resolución que acuerde el sobreseimiento de la ejecución o declare la inaplicación de una cláusula abusiva.