
EL FALSO AUTÓNOMO: UNA BOMBA DE RELOJERÍA EN CASA
Paradójicamente, en años de crisis se ha podido observar el auge de una práctica en la contratación de personal que constituye una ilusoria y peligrosa fuente de ventajas tanto para el empleador como para los trabajadores. Bajo esta práctica, que a lo largo del presente artículo denominaremos el “falso autónomo”, se activa silenciosamente una auténtica bomba de relojería de negativas consecuencias para todas las partes implicadas, especialmente para el empresario pero también potencialmente para el trabajador afectado.
La operativa que aquí trataremos como el falso autónomo consiste básicamente en lo siguiente: una empresa y una persona que va a incorporarse a su disciplina acuerdan, a propuesta de cualquiera de los dos, que su relación no se va a formalizar con un contrato laboral a pesar de que cumpla todas las características de un empleado por cuenta ajena; en lugar de ello, el trabajador se dará de alta como autónomo, perfeccionando entre las partes un contrato mercantil de prestación de servicios. La jugada se plantea como la cuadratura del círculo, pues al empresario le va a suponer menos coste el trabajo de ese empleado, y el trabajador va a percibir más dinero a final de mes, todo ello en base a que la empresa no deberá cotizar por el nuevo empleado, y la mayor retribución que percibirá el trabajador le compensa el coste de las cuotas del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Ambas partes parecen seguras del éxito de dicha operación, de la que florece una situación de “win-win” en la que, aparentemente, todos salen ganando en el corto plazo. La rúbrica de un contrato mercantil como autónomo ofrece la engañosa sensación de respeto a la legalidad y seguridad jurídica, lo que convence a todos de la conveniencia del arreglo.