La venta de la unidad productiva a personas especialmente relacionadas con el concursado: régimen vigente y novedades de la Segunda Directiva de Insolvencia
La venta de la unidad productiva (UPA) sigue siendo el mecanismo más eficaz para preservar el valor de la empresa en crisis y el empleo asociado. Sin embargo, cuando el adquirente es una persona especialmente relacionada con el concursado, nuestro ordenamiento le priva de la principal ventaja de la figura: la adquisición libre de pasivos. Un reciente auto de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona ha matizado esta regla acudiendo, como criterio interpretativo, a la Segunda Directiva de Insolvencia, todavía pendiente de transposición. Analizamos el régimen actual, la solución de la nueva Directiva y los riesgos de anticipar su aplicación antes de que venza su plazo de transposición.
Podéis consultar la Alerta informativa a continuación: