todanelo
  • Fr
    • Esp
    • Cat
    • Eng
  • Le cabinet
  • Expertises
  • Équipe
  • International Desk
  • Actualité et publications
    • Actualité juridique
    • Nouvelles et articles
  • Nous contacter
  • Fr
    • Esp
    • Cat
    • Eng
Inicio / Actualité et publications / Actualité juridique / Actualidad jurídica / MODIFICACIONES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Domaines de pratique:
Droit des sociétés
Contentieux civil et commercial
17.11.2014

MODIFICACIONES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Modificaciones de ámbito procesal: La Ley 21/2014, de 4 de noviembre, ha modificado algunos aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Civil relacionados con la solicitud de diligencias preliminares. Con esta …

Modificaciones de ámbito procesal:

La Ley 21/2014, de 4 de noviembre, ha modificado algunos aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Civil relacionados con la solicitud de diligencias preliminares. Con esta modificación ahora podrán solicitar la práctica de diligencias preliminares: (a) quienes pretendan ejercitar una acción por infracción de un derecho de propiedad industrial o intelectual y (b) quienes sean titulares de un derecho de propiedad intelectual y pretendan ejercitar una acción por infracción de éste.

Quién solicite la práctica de alguna de estas diligencias, podrá pedir (I) la identificación del prestador del servicio o (II) de un consumidor de éste sobre quienes existan indicios de que están poniendo a disposición o difundiendo contenidos, obras o prestaciones objeto de derechos de propiedad intelectual o industrial, siempre que no se trate de consumidores finales de buena fe y (III) que el prestador del servicio aporte pagos electrónicos y de publicidad.

La Ley 21/2014, amplia a estos dos nuevos supuestos la prohibición de divulgar la información que se extraiga de estas diligencias preliminares o comunicarla a terceros.

Modificaciones de ámbito mercantil:

Tiene como objetivo (i) reforzar los mecanismos de supervisión de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, asegurando una mayor transparencia y eficacia en la operativa de las mismas; (ii) mejorar la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a las vulneraciones que puedan sufrir en el entorno digital; (iii) acotar los límites del concepto de copia privada atendiendo a los progresos de la sociedad de la información; y (iv) ampliar el derecho de ilustración para usos educativos y de investigación, facilitando el uso de licencias.

La mayoría de modificaciones operadas por esta Ley entrarán en vigor el 1 de enero de 2015.

 

Texto íntegro de la Ley 21/2014 de 4 de noviembre

Suivant Précédent
Suivez-nous sur

Avda. Diagonal 520, 5º 08006 Barcelona | T. +34 93 363 40 00
C/ Lagasca 88, 5º 28001 Madrid | T. +34 91 700 21 00

  • Mentions légales
  • Politique de cookies
  • Politique de confidentialité et de communication d’informations
  • Système interne d’informations