
El mal uso del crédito horario sindical solo justifica el despido si es habitual y manifiesto
El Tribunal Supremo en su sentencia del 15 de octubre de 2014 declara la improcedencia del despido llevado a cabo por una empresa a una trabajadora que es representante unitario. En el supuesto analizado por la sentencia del Alto Tribunal, una empresa procedió al despido disciplinario de una trabajadora miembro del comité de empresa, por transgresión de la buena fe contractual. En concreto, el empresario imputaba a la empleada un mal uso del crédito horario que legalmente tenía reconocido por ser representante de los trabajadores.
La empresa acreditó que la trabajadora falseó un documento justificativo de su presencia a unos cursos de formación sindical. Dicho curso se celebraba en dos jornadas a partir de las 12 horas, pero la empleada solicitó permiso de 9 a 14 horas, dentro de su horario de trabajo. Además, la segunda jornada del curso se suspendió, circunstancia de la que no informó la despedida.
A pesar de los hechos que logró acreditar la empresa, a través de los servicios de un detective que hizo un seguimiento de la trabajadora, la sentencia declaró improcedente el despido. El Tribunal Supremo realiza en este pronunciamiento un exhaustivo análisis sobre cómo pueden utilizar el crédito horario los representantes de los trabajadores y qué control puede haber por parte del empresario.
En su fundamentación jurídica, la Sala señala que el presunto incumplimiento, en todo o en parte, de las funciones propias de la representación durante el uso del crédito horario no constituye por sí solo una trasgresión de la buena fe contractual que pueda justificar despido. Asimismo, y reiterando el criterio establecido en sentencias anteriores, argumenta que la presunción de que las horas solicitadas para el ejercicio de tareas representativas son empleadas correctamente conduce a interpretar de modo restrictivo la facultad disciplinaria empresarial, que sólo podrá alcanzar el despido en supuestos excepcionales en los que el empleo en propio provecho del crédito horario sea manifiesto y habitual.
Ver texto íntegro de la sentencia aquí.
Más información: Jordi Bou, abogado del área de Derecho Laboral de Toda & Nel-lo.