Àrees de pràctica:
06.10.2016
CAMBIO DE DOCTRINA: ES POSIBLE INSCRIBIR LA EXTINCIÓN DE UNA SOCIEDAD CON UN SOLO ACREEDOR. RDGRN
La DGRN cambia su doctrina de forma que ahora es posible la inscribir en el Registro Mercantil la disolución, liquidación y extinción de una sociedad con un solo acreedor cuando …
La DGRN cambia su doctrina de forma que ahora es posible la inscribir en el Registro Mercantil la disolución, liquidación y extinción de una sociedad con un solo acreedor cuando la sociedad no tiene bienes suficientes para satisfacer dicho crédito (Resolución de 1 de agosto de 2016).