Finaliza el periodo para cumplir con el requisito del consentimiento informado en el uso de las 'cookies'

17.11.2020

Finaliza el periodo para cumplir con el requisito del consentimiento informado en el uso de las 'cookies'

Las empresas que no se hayan adaptado al nuevo escenario deben “ponerse las pilas” para, en el caso de recibir notificación de denuncia por la AEPD, acreditar que cumple o, en caso contrario, reconocer la responsabilidad y realizar el pago voluntario de la sanción propuesta y optar a la reducción de la sanción económica acumulativa de hasta el 40%.

El pasado 31 de octubre finalizó el periodo transitorio que concedió la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para implementar los cambios necesarios a efectos de cumplir con la obligación de informar adecuadamente al usuario y obtener, así, su consentimiento válido para el tratamiento de datos personales que conlleva el uso e instalación de cookies en los dispositivos de aquellos.

Así, ¿qué aspectos deben tenerse en cuenta a la hora de diseñar la información a ofrecer a los usuarios para obtener válidamente su consentimiento?

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Tribuna escrita por Jordi Sot (socio) y Jordi Dapeña (abogado senior) del área de Compliance de Toda & Nel-lo. Publicada el 13 de noviembre de 2020 en Cinco Días