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Inicio / Actualidad / Actualidad jurídica / Actualidad jurídica / PUBLICADO EL PRIMER CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL PRINCIPADO DE ANDORRA
Áreas de práctica:
Área de fiscalidad general
14.12.2015

PUBLICADO EL PRIMER CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL PRINCIPADO DE ANDORRA

El 26 de febrero de 2016 entrará en vigor el Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta, publicado en el BOE del pasado 7 de diciembre.

El pasado 7 de diciembre de 2015 se publicó en el BOE el Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho“Ad Referéndum” en Andorra la Vella el 8 de enero de 2015.

El referido Convenio, aplicable a personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes, afecta a los Impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de esos Estados o sus subdivisiones políticas o entidades locales, Impuestos que en la actualidad son los siguientes:

a) En España:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Impuestos locales sobre la renta.

b) En Andorra:

  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto sobre la Renta de las Actividades Económicas.
  • Impuesto sobre la Renta de los No Residentes fiscales.
  • Impuesto sobre las Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias.
  • Impuestos locales sobre la renta.

El Convenio entrará en vigor el 26 de febrero de 2016, transcurrido el plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última de las modificaciones.

Consulte el texto íntegro del mencionado Convenio aquí

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