Áreas de práctica:
10.12.2015
LOS NO RESIDENTES YA PUEDEN TRAMITAR LA OBTENCIÓN DE SU NIF Y DE CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS EN EL EXTRANJERO
El pasado 23 de noviembre de 2015 la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) anunció, en su portal de internet, que los ciudadanos y las entidades no residentes en territorio …
El pasado 23 de noviembre de 2015 la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) anunció, en su portal de internet, que los ciudadanos y las entidades no residentes en territorio español ya pueden gestionar ciertos trámites a través de las Oficinas Consulares de España en el extranjero. En concreto, desde esas Oficinas los no residentes, sin necesidad de realizar un desplazamiento a España, pueden:
- Obtener su Número de Identificación Fiscal (NIF), para poder declarar las operaciones que realizan y tienen trascendencia tributaria en España; y/o,
- Solicitar la expedición de un certificado electrónico de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que les habilite a realizar trámites telemáticos ante Administraciones españolas.
Es preciso señalar, que algunas Oficinas (por ejemplo, la de Hong Kong, la de El Cairo o la de Copenhague) no llevan a cabo, por el momento, las descritas gestiones.
Consulte la comunicación publicada por la AEAT aquí