Constitución de una sociedad de responsabilidad limitada con 1€ de capital social
Con la entrada en vigor de la Ley 18/2022 de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), que modifica el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Ley de Sociedades de Capital o LSC), se posibilita la constitución de sociedades de responsabilidad limitada con un capital social mínimo de 1 euro y se introducen reformas para facilitar e impulsar la constitución de estas sociedades de forma rápida, ágil y telemática, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).
Con la finalidad de fomentar la creación de empresas, la Ley Crea y Crece introduce una serie de medidas societarias. Una de las modificaciones más importantes es la modificación de la cuantía del capital mínimo requerido para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada pasando a ser de 1 euro, frente al capital mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta el momento (art. 4 de la LSC).
Sin embargo, y en aras de la protección de los acreedores, se exige una serie de requisitos para aquellas sociedades que tengan un capital social inferior a 3.000 euros.
- En primer lugar, se establece la obligación de destinar a la reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que dicha cuantía juntamente con la cuantía del capital social ascienda a 3.000 euros.
- En segundo lugar, para el caso de liquidación de la sociedad, se establece la obligación solidaria de los socios para responder, en el caso de insuficiencia de pago para atender a las obligaciones sociales, de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.
Asimismo, la Ley Crea y Crece suprime el artículo 4 bis de la LSC, relativa a las sociedades en régimen de formación sucesiva.
Otra de las medidas introducidas por la Ley para fomentar la creación de empresas ha sido el impulso del CIRCE y del Documento Único Electrónico. En concreto, cabe destacar las siguientes medidas:
- Obligatoriedad de los notarios de participar como intermediarios en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada, de informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y del CIRCE.
- Obligatoriedad de los notarios de estar disponibles en la Agenda Electrónica Notarial y de estar en disposición de llevar a cabo la constitución de sociedades a través de CIRCE.
Además, la Ley Crea y Crece ha modificado la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores, para concretar con mayor exactitud la tramitación de la constitución de sociedades a través del CIRCE mediante escrituras estandarizadas, estatutos-tipo y sin estatutos tipos, así como la regulación del PAE.
Finalmente, cabe resaltar la derogación del Título XII y las disposiciones adicionales cuarta, quinta y sexta de la Ley de Sociedades de Capital relativos a la sociedad nueva empresa, que nunca en la práctica llegó a funcionar y que ahora se abandona definitivamente.
A pesar de que la Ley Crea y Crece tiene ánimo de fomentar la creación de empresas, reduciendo el coste de su creación, no hay que olvidar las posibles necesidades financieras a corto y largo plazo de la sociedad, necesidades de endeudamiento, inversiones, garantías para los futuros inversores, responsabilidad para cubrir el capital social, etc. Es por ello que recomendamos vivamente un asesoramiento jurídico previo a constituir una sociedad para prever todas aquellas cuestiones que podrán repercutir en su vida y evolución futura.